Aritmética Baldor
El ejemplo siguiente aclarará la diferencia entre días fecha y meses fecha. Una letra girada el 26 de mayo a 30 días fecha vence el 25 de junio y girada a un mes fecha vence el 26 de junio. Cuando en el mes del vencimiento no hubiere día correspondiente al de la emisión o aceptación, la letra girada a uno o varios meses fecha o vista, vence el último día del mes. Así, una letra girada el 31 de mayo a un mes fecha vence el 30 de junio. CUÁNDO DEBEN PAGARSE LAS LETRAS Las letras deberán pagarse el día de su vencimiento, antes de la puesta del Sol, sin término de gracia. Si el día del vencimiento es festivo, se pagará la letra en el precedente. Si la letra no es pagada el día del vencimiento, el tenedor tiene que hacer el protesto ante notario antes de la puesta del Sol del día siguiente a aquel en que fue negado el pago. Si no hace el protesto en su oportunidad, la letra queda perjudicada, es decir, el tenedor pierde las acciones cambiarías que establece la ley y tiene que acudir, para exigir su pago, a otros procedimientos. 738 ENDOSOS El endoso consiste en que el tenedor traspasa la propiedad de la letra a otra persona. Se llama endoso porque se realiza escribiendo al dorso de la letra el nombre o razón social de la persona o entidad a quien se traspasa la propiedad de la letra, el concepto (valor recibido) porque se traspasa la propiedad, la fecha y la firma del endosante. Como se ve, los requisitos del endoso son casi los mismos que los de la letra de cambio. Elendoso que cumple estos requisitos se llama endoso regular; si no los cumple todos es un endoso irregular que tiene distintos efectos, según la ley. El endoso en blanco es un endoso irregular Consiste en que el tenedor simplemente firma la letra por detrás: entonces el portador de la letra tiene derecho a exigir su pago al librado, el día del vencimiento. No pueden endosarse las letras no expedidas a la orden. 739 PAGARES Un pagaré es una promesa escrita de pagar una cantidad de dinero, a una persona nombrada en el documento o a su orden o al tenedor del documento, en una fecha determinada. 740 REQUISITOS Los pagarés deberán contener; 1) el nombre específico de pagaré, 2) la fecha en que se expi de, 3) la cantidad (valor nominal), 4) la fecha de pago, 5) el nombre y apellido de la persona a cuya orden se habrá de hacer el pago, 6) el origen del valor que representa (valor recibido), y 7) la firma del que contrae la obligación de pagar La persona que contrae la obligación de pagar es el otorgante: la persona que tiene dere cho a cobrar el pagaré, esté o no mencionada en el documento, es el tenedor.
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