Diccionario del trabajo social
e LA B O R T E R A P IA . Metodo psicotera pèutico que se aplica en establecimientos médicos o asistenciales con una finalidad preventiva o curativa. Consiste en pro porcionar al enfermo un trabajo o activi dad manual compatibles con su capaci dad física y mental. Es una modalidad de la terapia ocu- pacional. LA D IN O . Término empleado en algu nos países de América latina (especial mente en Guatemala) para designar a los mestizos de indio y blanco y a los indíge nas que han adquirido los modos de ha cer y actuar propios de blancos. LA IS SE Z FA IRE-LA ISSEZ PASSER. Galicismo ampliamente utilizado en la ciencia ecimómica. Literalmente, signifi ca “dejad hacer-dejad pasar”. Se trata de una expresión francesa, acuñada por el li beralismo económico ultra o ingenuo del siglo X V lll. con la que se quiere expre sar la necesidad de tolerancia hacia toda iniciativa, puesto que los asuntos econó micos de la sociedad se arreglarían por sí solos sin que el Estado u otra organiza ción intervinieran en su funcionamiento. Resume el pensamiento de los fisiócra tas. en cuanto consideraban que las cosas están regidas por un estado de armonía natural. La expresión se utiliza también, en sentido amplio, para indicar cualquier política no intervencionista o manera de conducir totalmente permisiva. LAT IFUN D IO . Derivado del latín lati- fundiiwi. compuesto por laiiis, “amplio”, y fundus. “propiedad”, “heredad". Con centración de tierras en pocas manos. Finca riística de gran extensión que, re gularmente, no desempeña ninguna fun ción social. L E G A L . Aquello que está de acuerdo o conforme a la ley. L E G A L ID A D . Calidad de legal; carác ter de lo que está conforme con las leyes. En el campo del derecho administrativo, el principio de legalidad exige la sujeción de la administración pública a la ley. Es to supone, a la vez que un procedimien to, una garantía y un derecho de los ciu dadanos. LEGA LLSM O . Actitud teórica y/o prác tica que no considera más que el sentido literal de la ley. sin tener en cuenta las circunstancias. Supervaloración de las exigencias de la ley positiva y de las prácticas legales. Actitud moral que reduce la morali dad a la observancia de la ley por la ley misma, sin consideración del bien o del mal, o de la justicia o injusticia de la ley. L E (;A L IZ A R . Legitimar, refrendar. Dar estado legal a una cosa. Comprobar y certificar la autenticidad de un documen to.
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