Diccionario del trabajo social

e LA B O R T E R A P IA . Metodo psicotera­ pèutico que se aplica en establecimientos médicos o asistenciales con una finalidad preventiva o curativa. Consiste en pro­ porcionar al enfermo un trabajo o activi­ dad manual compatibles con su capaci­ dad física y mental. Es una modalidad de la terapia ocu- pacional. LA D IN O . Término empleado en algu­ nos países de América latina (especial­ mente en Guatemala) para designar a los mestizos de indio y blanco y a los indíge­ nas que han adquirido los modos de ha­ cer y actuar propios de blancos. LA IS SE Z FA IRE-LA ISSEZ PASSER. Galicismo ampliamente utilizado en la ciencia ecimómica. Literalmente, signifi­ ca “dejad hacer-dejad pasar”. Se trata de una expresión francesa, acuñada por el li­ beralismo económico ultra o ingenuo del siglo X V lll. con la que se quiere expre­ sar la necesidad de tolerancia hacia toda iniciativa, puesto que los asuntos econó­ micos de la sociedad se arreglarían por sí solos sin que el Estado u otra organiza­ ción intervinieran en su funcionamiento. Resume el pensamiento de los fisiócra­ tas. en cuanto consideraban que las cosas están regidas por un estado de armonía natural. La expresión se utiliza también, en sentido amplio, para indicar cualquier política no intervencionista o manera de conducir totalmente permisiva. LAT IFUN D IO . Derivado del latín lati- fundiiwi. compuesto por laiiis, “amplio”, y fundus. “propiedad”, “heredad". Con­ centración de tierras en pocas manos. Finca riística de gran extensión que, re­ gularmente, no desempeña ninguna fun­ ción social. L E G A L . Aquello que está de acuerdo o conforme a la ley. L E G A L ID A D . Calidad de legal; carác­ ter de lo que está conforme con las leyes. En el campo del derecho administrativo, el principio de legalidad exige la sujeción de la administración pública a la ley. Es­ to supone, a la vez que un procedimien­ to, una garantía y un derecho de los ciu­ dadanos. LEGA LLSM O . Actitud teórica y/o prác­ tica que no considera más que el sentido literal de la ley. sin tener en cuenta las circunstancias. Supervaloración de las exigencias de la ley positiva y de las prácticas legales. Actitud moral que reduce la morali­ dad a la observancia de la ley por la ley misma, sin consideración del bien o del mal, o de la justicia o injusticia de la ley. L E (;A L IZ A R . Legitimar, refrendar. Dar estado legal a una cosa. Comprobar y certificar la autenticidad de un documen­ to.

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